lunes, 3 de octubre de 2011

divorcio abandono


“H., R. L. c/ F., G. J. s/ Divorcio” – CNCIV – 05/08/2011

DIVORCIO VINCULAR. Injurias graves proferidas por ambos cónyuges. Art. 202 inc. 4 del Código Civil. Esposo que ante reiteradas discusiones matrimoniales, se retira del hogar conyugal para pacificar la situación y evitar posibles episodios de violencia. Circunstancia que no implica abandono voluntario y malicioso del hogar conyugal. Modificación de la cerradura de la puerta por parte de la esposa. ACTITUD INJURIOSA QUE NO CONFIGURA CAUSAL DE ABANDONO POR EXCLUSIÓN DEL HOGAR CONYUGAL. Imposibilidad del marido de disponer de sus pertenencias que se encontraban en la vivienda. DAÑO MORAL. RECHAZO. Cónyuges que deben revestir la calidad de inocentes en el proceso para peticionar dicho resarcimiento. CORRESPONDE CONFIRMAR LA SENTENCIA y DECRETAR EL DIVORCIO VINCULAR POR CULPA DE AMBOS CÓNYUGES 

“Las injurias y faltas a los deberes conyugales de uno y otro esposo no se compensan; si ambos incurren en actitudes injuriosas, si hay injurias recíprocas, ello no borra los efectos de los actos cometidos por uno y otro, ni autoriza el rechazo de la demanda o de la reconvención, sino que, de habérselo planteado, conducirá al acogimiento de la demanda y de la reconvención, si cada una de las partes solicitó el divorcio por culpa del otro (Conf. CNCiv, Sala F, “L. de S., I. c. S., A. V.”21/11/1991).”

“Tengo por acreditado que el actor se vio impedido de ingresar a su domicilio;. Sin embargo, en el caso no encuentro configurada la causal de abandono por exclusión, por cuanto entiendo - como la sentenciante - que la intención de la esposa de dejar al actor fuera del hogar, impidiendo tanto su entrada como el retiro de sus pertenencias, constituye una injuria grave, máxime si se tiene en cuenta que el propio actor admitió que se retiró voluntariamente del hogar quedándose en una casa que tenían a unas cuadras del hogar conyugal, actitud que probablemente ambos decidieron para pacificar ese momento.”

“No puede perderse de vista que el Sr. H. se retiró del hogar conyugal por un tiempo a instancia de la Sra. F., y luego le impidió ingresar nuevamente como consecuencia del cambio de cerradura que efectuara en una actitud que - como dije - evalúo de igual modo que la sentenciante. Todo ello se encuentra ampliamente probado, y aunque la actora continúe negándolo incluso en esta instancia, irritó al accionante y motivó la denuncia penal que efectuara la esposa y que concluyó con el sobreseimiento del actor.”
Citar: elDial.com - AA6F99 

No hay comentarios:

Publicar un comentario