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Abstract: La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial elevó los honorarios del letrado apoderado por su labor profesional en un proceso ejecutivo, computando los intereses como integrantes de la base regulatoria. | |
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Atento el mérito de la labor profesional cumplida, apreciada por su calidad, eficacia y extensión, así como la naturaleza y monto del proceso -computándose los intereses como integrantes de la base regulatoria (C.N. Com., en pleno, in re: "Banco del Buen Ayre S.A.", del 29/12/94)-, se elevan a ochocientos pesos ($ 800) los honorarios regulados a fs. 114 a favor del letrado apoderado de la parte actora, Dr. A. E. (Ley Nº 21.839, t.o. Ley Nº 24.432: 6, 7, 9, 19, 37 y 40). Devuélvase. El Dr. Juan M. Ojea Quintana no interviene en la presente decisión por encontrarse en uso de licencia (art. 109 del Reglamento para la Justicia Nacional). Rafael F. Barreiro - Alejandra N. Tevez |
miércoles, 5 de enero de 2011
se computan intereses para base económica
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